SANEAMIENTO

SANEAMIENTO POR VICIOS OCULTOS. LA ACCIÓN REDHIBITORIA

SANEAMIENTO POR VICIOS OCULTOS. 

LA ACCIÓN REDHIBITORIA

Dentro de la figura de la compraventa, regulada en los artículos 1445 y siguientes, el Código Civil dedica una Sección al saneamiento. Podemos definirlo como una obligación del vendedor para el caso en que el bien objeto de la venta no se encuentre en un estado adecuado o se prive del mismo al comprador


Esta obligación tiene su base en el artículo 1089 del CC, que establece que: "Las obligaciones nacen de la ley, de los contratos y cuasi contratos, y de los actos y omisiones ilícitos o en que intervenga cualquier género de culpa o negligencia"; así como del artículo 1461 CC, que indica que: "El vendedor está obligado a la entrega y saneamiento de la cosa objeto de la venta"


El saneamiento puede ser de dos tipos: en caso de evicción, cuando se priva al comprador del bien, y por defectos o gravámenes ocultos de la cosa vendida.


Hoy nos vamos a centrar en el segundo supuesto, que viene regulado en los artículos 1484 a 1499 del Código. El primero de estos artículo establece que: "El vendedor estará obligado al saneamiento por los defectos ocultos que tuviere la cosa vendida, si la hacen impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella [...]"


No obstante, regula distintos supuestos en los que no será responsable el vendedor, y que podemos resumir en los siguientes:


1)  Los defectos  sean manifiestos o que estuvieren a la vista.

2) Cuando el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debía fácilmente conocerlos.

3) En el caso de ignorarlos el vendedor, cuando se estipule así expresamente en el contrato.


El comprador puede optar, en caso de existir vicios o defectos ocultos entre desistir del contrato, abonándosele los gastos que pagó, lo que se denomina acción redhibitoria; o rebajar una cantidad proporcional del precio, a juicio de peritos. En este último supuesto hablamos de la acción cuanti minoris


Además, si se opta por desistir el contrato y el vendedor conocía los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida y no los manifestó, se puede solicitar una indemnización por daños y perjuicios. Solo se permite cuando se ejercita la acción redhibitoria. Así lo ha manifestado el Supremo en distintas ocasiones, indicando que: "Y es en el supuesto en que se ejercita una acción por vicios ocultos, cuando esta Sala ha reiterado que la indemnización a que alude el párrafo segundo de dicho artículo, sólo resulta compatible si se opta por el ejercicio de la acción resolutoria (redhibitoria) pero no cuando la opción elegida es la estimatoria o quantiminoris, dirigida únicamente a restablecer el equilibrio contractual mediante una rebaja en el precio..."


En cuanto a la acción redhibitoria, la jurisprudencia del Tribunal Supremo que ha interpretado la acción entiende que para el éxito de esta acción es necesario que concurran estos cuatro requisitos: a) que el defecto sea oculto, en el sentido de que no fuera conocido, ni lo pudiera ser por el adquirente, eximiéndose de responsabilidad al vendedor cuando el comprador fuera un perito que, por razón de su profesión u oficio, debiera fácilmente conocerlo, b) que el defecto sea grave, o como indica el Código Civil que haga la cosa impropia para el uso a que se la destina o disminuya de tal modo ese uso que, de haberlo conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella, c) que sea preexistente a la venta y d) que se ejercite la acción en el plazo de seis meses, contados desde la entrega de la cosa vendida (SSTS. 3 febrero 1.986, 3 abril 1.981, 20 marzo 1.982, 19 diciembre 1.984, 16 marzo 1.989, 1 marzo 1.991, entre otras muchas).


Por todo ello, en el caso en que hayas adquirido algún producto y detectes fallos, te recomendamos que acudas cuanto antes a un abogado para estudiar el caso, ya que el plazo máximo para esta acción es de 6 meses desde la fecha de entrega de la cosa. En Uno Efe estaremos encantados de asesorarte y preparar la mejor estrategia procesal para solucionar el problema.